El Bono PDVSA 2035 no ha sido ni será registrado bajo la Ley de Títulos Valores de los Estados Unidos de América (Securities Act of 1933) y es ofrecido sólo fuera de los Estados Unidos de conformidad con la Regulación S y la Regla 144A de la ante dicha ley, según la cual los Bonos PDVSA 2035 podrán ser adquiridos en el mercado secundario por inversionistas en los Estados Unidos que califiquen como “compradores institucionales calificados” bajo la Regla 144A.
La presente emisión fue autorizada por la Superintendencia Nacional de Valores bajo el artículo 2 de la Ley de Mercado de Valores de la República Bolivariana de Venezuela y se ha realizado en el marco de la estrecha coordinación entre PDVSA, el Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas, el Ministerio del Poder Popular para la Banca Pública y el Banco Central de Venezuela en seguimiento a los lineamientos y políticas públicas establecidas por el Ejecutivo Nacional.
Los fondos obtenidos por PDVSA mediante la colocación del Bono PDVSA 2035 serán destinados a fines corporativos de PDVSA, para financiar proyectos de inversión incluyendo los programas para el desarrollo social e integral del país.
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